
Infracciones Leves en el Transporte por Carretera: Lo que Debes Saber
En el ámbito del transporte por carretera, el cumplimiento de las normativas no solo constituye una obligación legal ineludible, sino que también representa una responsabilidad clave para garantizar la seguridad vial y el bienestar tanto de los conductores como de todos los usuarios de las vías. En España, las infracciones vinculadas a la actividad de los conductores profesionales se clasifican en cuatro niveles de gravedad: Leves (LIMG), Medias (IMG), Graves (IG) y Muy Graves (IL). Cada categoría implica sanciones económicas específicas, establecidas en el marco de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) (Reglamento (CE) n.o 561/2006 y el Reglamento (UE) n.o 165/2014) y otras disposiciones complementarias.
Este artículo tiene como objetivo detallar las implicaciones económicas asociadas a cada tipo de infracción, proporcionando una guía clara y precisa que permita optimizar la operativa diaria minimizando riesgos legales. Al comprender estas normativas y sus consecuencias, las empresas y los conductores pueden asegurar una gestión más eficiente y responsable de sus actividades, contribuyendo así al desarrollo sostenible del sector.
¿Qué son las infracciones Leves (LIMG)?
Las infracciones Leves (LIMG) son aquellas que implican un riesgo bajo de accidentes, lesiones o falseamiento de la competencia en el mercado del transporte. Estas infracciones están relacionadas principalmente con:
- El incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso.
- El mal uso o manipulación del tacógrafo.
- La organización inadecuada del trabajo de los conductores.
Infracciones Leves Relacionadas con el Tiempo de Conducción y Descanso
El Reglamento (CE) n.o 561/2006 establece límites estrictos para los tiempos de conducción y descanso de los conductores. Las siguientes infracciones se consideran Leves (LIMG):
Código | Descripción de la Infracción |
---|---|
B1 | Superación del tiempo diario de conducción de 9 a 10 horas (9 h < … < 10 h). |
B5 | Superación del tiempo diario de conducción de 10 a 11 horas (10 h <… < 11 h). |
B9 | Superación del tiempo semanal de conducción entre 56 y 60 horas (56 h < … < 60 h). |
B13 | Superación del tiempo de conducción total máximo durante 2 semanas consecutivas entre 90 y 100 horas (90 h < … < 100 h). |
D1 | Período insuficiente de descanso diario de menos de 11 horas (10 h ≤ … < 11 h). |
D4 | Período insuficiente de descanso diario reducido de menos de 9 horas (8 h ≤ … < 9 h). |
D7 | Período insuficiente de descanso diario partido de menos de 3 horas + 9 horas (3 h + [8 h ≤ … < 9 h]). |
D10 | Período insuficiente de descanso diario de menos de 9 horas en caso de conducción en equipo (8 h ≤ … < 9 h). |
D13 | Período insuficiente de descanso semanal reducido de menos de 24 horas (22 h ≤ … < 24 h). |
D16 | Período insuficiente de descanso semanal de menos de 45 horas (42 h ≤ … < 45 h). |
D19 | Superación de 6 períodos consecutivos de 24 horas después del período de descanso semanal anterior de menos de 3 horas (… < 3 h). |
E1 | Superación de 12 períodos consecutivos de 24 horas después de un período de descanso semanal normal anterior de menos de 3 horas (… < 3 h). |
E4 | Período de descanso semanal tomado tras 12 períodos consecutivos de 24 horas entre 67 y 69 horas (67 h < …< 69 h). |
Multas graduadas según la escala de severidad… aquí
Infracciones Leves Relacionadas con el Tacógrafo
El Reglamento (UE) n.o 165/2014 regula el uso del tacógrafo, un dispositivo esencial para registrar los tiempos de conducción y descanso. Las siguientes infracciones se consideran Leves (LIMG):
Código | Descripción de la Infracción |
---|---|
H17 | Utilización de una hoja de registro incorrecta o tarjeta de conductor en la ranura incorrecta (conducción en equipo). |
I1 | Utilización incorrecta o inexistente del signo de tren/transbordador. |
I3 | Registros que no muestran los símbolos de los países cuya frontera ha cruzado el conductor durante el período de trabajo diario. |
I4 | Registros que no muestran los símbolos de los países en los que comenzó y terminó el período de trabajo diario del conductor. |
Multas graduadas según la escala de severidad… aquí
Consecuencias de las Infracciones Leves
Las infracciones Leves (LIMG) no solo ponen en riesgo la seguridad de los conductores y otros usuarios de la carretera, sino que también pueden acarrear:
- Sanciones económicas leves.
- Advertencias por parte de las autoridades.
- Inspecciones más frecuentes por parte de las autoridades.
- Daños a la reputación de la empresa.
El bienestar común depende del compromiso de todos
El cumplimiento de las normas de transporte por carretera es fundamental para garantizar un entorno laboral seguro y justo. Las infracciones Leves (LIMG) representan un riesgo bajo, pero deben ser evitadas para mantener un buen historial de cumplimiento normativo.
En CamionTruck, estamos comprometidos con la difusión de información que ayude a los conductores y empresas a cumplir con la legislación vigente. Si tienes dudas sobre estas normativas, no dudes en contactarnos.
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